(1) Estas Condiciones Generales (CGC) se aplicarán a todos los contratos, entregas y otros servicios prestados por SAND & SILICON GmbH („Vendedor“) a sus clientes comerciales („Comprador“), independientemente de que se trate de la venta, entrega u otros servicios. Estas CGC se aplican exclusivamente a las transacciones comerciales (B2B).
(2) Las condiciones generales divergentes, contradictorias o complementarias del Comprador no formarán parte del contrato, aunque no se hayan objetado expresamente. Sólo se aplicarán si el Vendedor ha aceptado expresamente su validez por escrito.
(3) Las modificaciones y suplementos de estas CGC, así como los acuerdos divergentes, deben realizarse por escrito. Esto también se aplica a la renuncia al requisito de forma escrita.
(4) Las CGC se aplicarán también a todas las transacciones futuras entre las partes, aunque no se haga referencia expresa a ellas de nuevo.
(5) La aceptación de las mercancías entregadas por el vendedor significa que el comprador renuncia a sus propios términos y condiciones. En cualquier caso, los siguientes términos y condiciones de SAND & SILICON GmbH son legalmente efectivos para todo el contrato.
(1) Las ofertas del vendedor siempre están sujetas a cambios y no son vinculantes, a menos que estén expresamente etiquetadas como vinculantes.
(2) Un pedido realizado por el Comprador constituye una oferta vinculante para celebrar un contrato. El contrato sólo se perfeccionará con la confirmación escrita del pedido por parte del vendedor o con la entrega de la mercancía.
(3) El vendedor se reserva el derecho a rechazar total o parcialmente los pedidos o a rescindir el contrato incluso después de que el pedido ya haya sido confirmado si posteriormente se conocen circunstancias que pongan en peligro el correcto cumplimiento del contrato desde el punto de vista del vendedor. Esto se aplica, en particular, en el caso de que se produzcan cuellos de botella significativos en las entregas, problemas imprevisibles de aprovisionamiento o dudas justificadas sobre la solvencia del comprador. En este caso, se informará inmediatamente al comprador; los pagos ya efectuados se reembolsarán sin demora.
(4) La celebración del contrato está sujeta a la entrega correcta y puntual por parte de nuestros propios proveedores. Esto solo se aplicará en caso de que el Vendedor haya celebrado una operación de cobertura congruente y el Vendedor no sea responsable de la falta de entrega.
(5) El Comprador reconoce que su pedido es vinculante e irrevocable a partir del momento en que el Vendedor ha realizado un pedido vinculante de la mercancía correspondiente a su propio proveedor o fabricante anterior. Queda excluida la anulación o modificación del pedido a partir de este momento, independientemente de si ya se ha emitido una confirmación del pedido.
(1) El plazo de entrega ofertado se respetará en la medida de lo posible. Si la mercancía en cuestión no es mercancía en stock del Vendedor, sino mercancía adquirida o enviada, los plazos de entrega indicados son siempre no vinculantes. Quedan excluidas todas las reclamaciones del Comprador en caso de falta de entrega o retraso en la entrega, en particular las reclamaciones por daños y perjuicios, a menos que el Vendedor sea culpable de dolo o negligencia grave.
(2) La entrega está sujeta a la condición de que el propio Vendedor sea suministrado a tiempo y en la medida requerida por sus fabricantes o proveedores. El Vendedor no será responsable de la imposibilidad o el retraso en la entrega si ello ha sido causado por fuerza mayor u otros acontecimientos imprevisibles en el momento de la celebración del contrato (por ejemplo, catástrofes naturales, pandemias, guerras, medidas oficiales, retrasos en el transporte, interrupciones operativas, conflictos laborales, escasez de material, asignaciones por parte de los fabricantes, etc.).
(3) En estos casos, el Vendedor tiene derecho a aplazar la entrega mientras dure el impedimento o a rescindir el contrato total o parcialmente debido a la parte incumplida del contrato. El Comprador será informado de ello inmediatamente. La contraprestación del Comprador se reembolsará sin demora si no se realiza ninguna entrega posterior.
(4) Se admiten entregas parciales, siempre que sean razonables para el Comprador.
(5) El envío se realizará por cuenta y riesgo del Comprador. El riesgo de pérdida o deterioro accidental pasará al Comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista. Esto también se aplicará si se ha acordado la entrega a portes pagados.
(1) Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, todos los precios se indican en euros netos ex fábrica o ex almacén del Vendedor (EXW según los Incoterms modificados periódicamente). Los precios no incluyen IVA, embalaje, transporte, seguro u otros gastos de envío. Estos se facturarán adicionalmente al Comprador y se indicarán por separado. Todos los derechos de aduana, derechos de importación, tasas u otros costes de derecho público correrán a cargo del Comprador.
(2) Las condiciones de pago se basan en las condiciones acordadas individualmente con el comprador y se especifican en la confirmación del pedido. A menos que se haya llegado a un acuerdo por separado, el precio de compra deberá pagarse en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de la factura. La recepción del pago en la cuenta del vendedor será determinante. Para determinados clientes o pedidos, el vendedor podrá exigir el pago por adelantado, el pago contra reembolso u otras formas de pago. La deducción de un descuento sólo está permitida si se acuerda expresamente por escrito.
(3) En el caso de nuevos clientes o en caso de dudas justificadas sobre la capacidad de pago del Comprador, el Vendedor se reserva el derecho de entregar únicamente contra pago anticipado o contra reembolso.
(4) Si el comprador se retrasa en el pago, el vendedor tendrá derecho a cobrar intereses de demora al tipo legal, así como los costes de recordatorio a tanto alzado. Queda reservada la reclamación de mayores daños causados por la mora.
(5) El comprador sólo tendrá derecho a compensación o retención si sus contrademandas han sido legalmente establecidas o son indiscutibles. El derecho de retención solo existirá en la medida en que se base en la misma relación contractual.
(6) Si tras la celebración del contrato se pone de manifiesto que el derecho de pago del vendedor se ve comprometido por la incapacidad de pago del comprador (por ejemplo, solicitud de insolvencia), el vendedor tendrá derecho a rechazar la entrega y, en caso necesario, a rescindir el contrato tras fijar un plazo.
(7) En caso de que, tras la celebración del contrato, se produzcan cambios significativos en los factores determinantes del precio -en particular, los tipos de cambio, los derechos de importación, los costes de transporte, los precios de las materias primas o los precios de los fabricantes-, el Vendedor tendrá derecho a realizar el correspondiente ajuste de precios. Esto se aplica en particular si el contrato se basa en una moneda extranjera o si los costes de adquisición se basan en una moneda extranjera. El tipo de cambio en el momento de la confirmación del pedido será determinante. Si los costes de adquisición aumentan en más de 3 % como consecuencia de las fluctuaciones monetarias, el Comprador correrá con la diferencia, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. El Comprador será informado inmediatamente de cualquier ajuste. En caso de un aumento del precio superior a 10 %, el comprador tendrá derecho a rescindir el contrato.
(1) La mercancía entregada seguirá siendo propiedad del vendedor hasta que se hayan pagado íntegramente todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial. El comprador sólo podrá vender la mercancía reservada en el curso ordinario de los negocios.
(2) No se admiten pignoraciones ni cesiones en garantía. En caso de acceso de terceros a la mercancía sujeta a reserva de dominio, el Comprador deberá llamar la atención sobre la propiedad del Vendedor y notificárselo inmediatamente.
(3) Por la presente, el comprador cede al vendedor, a modo de garantía, la totalidad de los créditos derivados de la reventa de la mercancía reservada. El vendedor acepta la cesión.
(4) Si la mercancía se combina o procesa con otros artículos, el vendedor adquirirá la copropiedad en la proporción del valor de la mercancía reservada con respecto a los otros artículos combinados en el momento de la combinación.
(5) Si el valor realizable de las garantías supera los créditos del Vendedor en más de 10 %, el Vendedor liberará las garantías de su elección a petición del Comprador.
(1) Todos los productos ofrecidos, confirmados o entregados por el Vendedor deben entenderse en general como „NCNR“ („Non-Cancellable, Non-Returnable“), a menos que se acuerde expresamente lo contrario por escrito.
(2) Al recibir el pedido, el comprador acepta expresamente que queda excluida una anulación o devolución, incluso en el caso de pedidos excesivos, anulaciones de proyectos o errores de apreciación. Queda excluida una anulación unilateral posterior del pedido, independientemente de si ya se ha producido una confirmación del pedido o una entrega.
(3) El vendedor no está obligado a examinar o aceptar devoluciones como gesto de buena voluntad. No obstante, el Vendedor siempre está interesado en encontrar una solución adecuada junto con el Comprador. Por lo tanto, las devoluciones se examinan de forma voluntaria y requieren en todos los casos el consentimiento expreso por escrito del Vendedor. La devolución, en caso de concederse, sólo tendrá lugar previo pago de unos gastos de reposición razonables y teniendo en cuenta el estado real de la mercancía.
(4) Esta disposición se aplica independientemente del tipo de producto, el uso previsto o la industria, e incluye en particular, pero no exclusivamente, los aprovisionamientos especiales, los bienes asignados o los bienes con una vida útil limitada. Queda excluido cualquier derecho de rescisión.
(1) Para los derechos del Comprador en caso de defectos materiales y de título se aplicarán las disposiciones legales, a menos que se estipule lo contrario a continuación. Las desviaciones habituales o técnicamente inevitables en la calidad, el color, las dimensiones, el peso, el equipamiento o el diseño no constituyen un defecto. Las modificaciones menores debidas al progreso técnico tampoco se consideran defectos.
(2) El Comprador está obligado a inspeccionar los bienes entregados inmediatamente después de su recepción y a informar por escrito de cualquier defecto en un plazo de cinco (5) días laborables. La inspección se llevará a cabo de forma aleatoria y con la debida diligencia, también en lo que respecta a las propiedades eléctricas y la utilidad técnica. En caso de reclamaciones posteriores, el Comprador soportará toda la carga de la prueba de que el defecto ya existía en el momento de la transferencia del riesgo.
(3) Las reclamaciones de cualquier tipo deben describirse específicamente y justificarse mediante documentos o muestras significativos. Las reclamaciones generalizadas o las notificaciones tardías se considerarán irrelevantes. En tales casos, la mercancía se considerará aprobada.
(4) En caso de vicios ocultos, la notificación deberá realizarse en un plazo máximo de siete (7) días naturales desde su descubrimiento. Si la notificación no se realiza a su debido tiempo, la mercancía también se considerará aprobada a este respecto.
(5) El Comprador reconoce que el Vendedor, como revendedor, no tiene conocimiento del uso específico de las mercancías entregadas. El vendedor sólo llevará a cabo inspecciones simples y aleatorias de la mercancía recibida (por ejemplo, inspección del embalaje original, protección ESD, etiquetado, grupo de productos aplicable, cantidad y designación del fabricante). Queda expresamente excluida cualquier otra inspección, en particular en relación con mercancías rechazadas, derechos de terceros o idoneidad para fines específicos.
(6) El plazo de garantía es de 90 días a partir de la entrega de la mercancía, salvo que se haya acordado un plazo diferente en casos concretos. Este plazo también se aplicará a las reclamaciones extracontractuales derivadas de defectos materiales, a menos que la ley estipule un plazo mayor (§§ 195, 199 BGB).
(7) El procesamiento, la instalación o la reventa de la mercancía entregada se considerará un reconocimiento de la entrega correcta y sin defectos. Queda excluida la responsabilidad por mercancías que ya hayan sido procesadas o puestas en funcionamiento.
(8) El vendedor no será responsable de los daños causados por un almacenamiento, manipulación o tratamiento posterior inadecuados de la mercancía por parte del comprador o de terceros. Queda excluida la responsabilidad por usos específicos previstos, incluso si se ha proporcionado asesoramiento.
(9) Además, el Vendedor no será responsable de una proporción habitualmente baja de componentes defectuosos, como suele ocurrir con los componentes electrónicos. El Comprador deberá tener en cuenta los riesgos correspondientes.
(10) La garantía se limita - a elección del vendedor - a la entrega de sustitución de mercancía libre de defectos, subsanación de defectos o abono en cuenta por el importe del valor neto de la mercancía del artículo reclamado. Otras reclamaciones, en particular por compensación por daños directos o indirectos, pérdida de beneficios o pérdida de producción, están -sujeto al § 8- excluidas.
(1) El vendedor responderá ilimitadamente de los daños y perjuicios causados a la vida, la integridad física o la salud, siempre que éstos se basen en una infracción dolosa o gravemente negligente del deber por parte del vendedor o de uno de sus representantes legales o auxiliares ejecutivos.
(2) El vendedor sólo será responsable de otros daños en caso de incumplimiento doloso o negligencia grave. En caso de negligencia simple, sólo existirá responsabilidad en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones cardinales), es decir, obligaciones cuyo cumplimiento es esencial para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento puede confiar regularmente el Comprador. En este caso, la responsabilidad del vendedor se limitará a los daños previsibles típicos del contrato.
(3) Queda excluida cualquier otra responsabilidad, independientemente de los fundamentos jurídicos, a menos que las disposiciones legales obligatorias, en particular la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos, dispongan lo contrario.
(4) Las anteriores limitaciones de responsabilidad se aplicarán en la misma medida a favor de los representantes legales, empleados, auxiliares ejecutivos y otros agentes del Vendedor.
(5) El Vendedor no será responsable de daños indirectos o consecuentes, en particular no por pérdida de producción, pérdida de uso, pérdida de beneficios o pérdida de datos, a menos que el Vendedor sea culpable de dolo o negligencia grave o se haya dado una garantía expresa.
(1) El Vendedor procesa los datos personales del Comprador exclusivamente en el marco de la normativa aplicable en materia de protección de datos, en particular el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Federal de Protección de Datos (BDSG).
(2) Los datos personales del comprador se almacenarán y utilizarán en la medida en que sea necesario para la tramitación de consultas, pedidos, comisiones y posibles reclamaciones. La dirección de correo electrónico del comprador también podrá utilizarse -si así se desea- para enviar información sobre nuestros propios productos o servicios (por ejemplo, en forma de boletín informativo).
(3) Los datos personales sólo se transmitirán a terceros en el marco de la tramitación de un contrato, por ejemplo, a socios logísticos o proveedores de servicios de pago, o si el vendedor está legalmente obligado a ello. En todos los demás casos, los datos sólo se transmitirán con el consentimiento previo del comprador.
(4) El comprador tiene derecho a la información sobre los datos personales almacenados por el vendedor, así como a la rectificación, limitación del tratamiento o supresión de estos datos, siempre que no existan obligaciones legales de almacenamiento que establezcan lo contrario. Además, tiene derecho a recurrir ante la autoridad de control competente en materia de protección de datos.
(5) Encontrará más información sobre el tratamiento de datos personales y el ejercicio de los derechos del comprador en la política de privacidad del sitio web del vendedor.
(1) Se aplicará exclusivamente la legislación de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
(2) El fuero competente para todos los litigios derivados o relacionados con la relación contractual será el domicilio social del Vendedor, siempre que el Comprador sea un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público. No obstante, el vendedor también tendrá derecho a interponer una demanda en el domicilio social del comprador.
(3) El lugar de cumplimiento para todas las entregas y servicios es la sede comercial del vendedor, a menos que se acuerde otra cosa.
(4) En caso de que alguna de las disposiciones de estas CGC sea o llegue a ser inválida o inaplicable en su totalidad o en parte, la validez del resto de las disposiciones no se verá afectada. En lugar de la disposición inválida o inaplicable, se considerará acordada la disposición que más se aproxime a la finalidad económica de la disposición inválida. Lo mismo se aplica a las lagunas legales.
(1) Las partes se comprometen a tratar toda la información confidencial obtenida en el curso de la relación comercial, en particular los datos técnicos, precios, condiciones, especificaciones y contenido contractual, como confidencial y a utilizarla únicamente para el cumplimiento del respectivo contrato. La divulgación a terceros sólo está permitida con el consentimiento previo por escrito de la otra parte.
(2) La obligación de confidencialidad se aplicará durante un periodo de cinco (5) años tras la finalización del contrato. Las obligaciones legales de divulgación no se verán afectadas.
(3) El Comprador se compromete a cumplir todas las normativas nacionales, europeas e internacionales pertinentes de control de las exportaciones, en particular las de la UE y la República Federal de Alemania, así como las de cualquier país de origen o tránsito, al revender, exportar o transferir de cualquier otro modo la mercancía suministrada. Esto incluye también la normativa sobre embargos, cláusulas de uso final y otros requisitos de autorización.
(4) El Vendedor está autorizado a retener o rechazar la ejecución de un contrato si con ello se infringieran las normativas aplicables en materia de control de exportaciones. El Comprador indemnizará al Vendedor por todos los daños, reclamaciones y desventajas resultantes de la violación culpable de dichas normativas.
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